(MAGISTRADOS DE LAS COMISONES DE DISCIPLINA JUDICIAL CUASIDIOSES ARROGANTES?)
La aplicación de la Ley en este caso debe ser muy rigurosa y la aplicación de la sanción mucho más, pues se trata de nada mas ni nada menos que de un operador disciplinario quien ha tenido el deber funcional por muchos años de investigar y sancionar a Jueces, Abogados y funcionarios públicos en general en materia disciplinaria, obviamente debe haber sancionado un sinnúmero de funcionarios por abandono del cargo, situación idéntica a la de este juzgador disciplinario. La justicia con respecto a esta clase de funcionarios debe ser rigurosa e implacable, pues este funcionario, tiene un doble deber a cualquier otro, a saber, el abandono del cargo del que se le acusa, irrumpe en su deber y obligación funcional, pero además debe dar el ejemplo, pues este administra Justicia y en sus numerosos años ha sancionado cualquier cantidad de funcionarios por el mismo cargo que hoy se le investiga y se le lleva a juicio disciplinario. El solo hecho de ser administrador de Justicia disciplinaria agrava la conducta por la que se le investiga, pues con su actuar atenta no solamente contra sus deberes funcionales, sino, contra la Moral Pública, pues dentro de los deberes de este Magistrado se encuentra investigar y juzgar a funcionarios públicos de la Rama Judicial del orden administrativo y judicial, entre ellos, investigadores, fiscales, Jueces y por apego a a la Ley 1123 del 2007 investiga y juzga a abogados.
Como un hecho particular dejo el enlace de video de audiencia de este Magistrado, en donde demuestra su arrogancia, como si se tratara de cuasidioses y de hecho, así actúan La mayoría de los Magistrados de las Comisiones de Disciplina Judicial de todo el país. Dejo el enlace de audiencia en donde actuamos como defensores de un abogado capitalino, en donde a pesar de ganar el proceso, este magistrado deja su tufo arrogante en las audiencias y si así actúa con quienes dominamos el Derecho Disciplinario, que será, de los ajenos a esta materia. Enlace de audiencia en donde actuamos en defensa de un Jurista y aunque obtuvimos su absolución, es evidente su arrogancia, limitando el tiempo de la defensa e interrumpiendo los alegatos de conclusión de Robledo Vargas abogados. Aquí el enlace https://www.youtube.com/watch?v=Dh5ktwEVzz8
Si deseas saber mas sobre defensas disciplinarias en procesos contra abogados y Derecho Disciplinario en general, sigue este link https://robledovargasabogados.com/derecho-disciplinario-de-acto-y-de-autor-el-non-bis-in-idem-o-double-jeopardy-traido-del-proceso-penal-al-proceso-disciplinario/
Tu proceso de Extinción de Dominio debe estar en manos expertas, de lo contrario tu patrimonio está en riesgo.
ROBLEDO VARGAS ABOGADOS, es una firma con amplia trayectoria en la defensa de procesos de Extinción de Dominio en Colombia y cuenta con un equipo multidisciplinario de peritos y abogados para la defensa de cada caso en particular. Ofrecemos atención a tu caso de manera personalizada usando todas las herramientas legales junto con nuestro conocimiento y equipo de expertos.
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DEFENSA JURÍDICA EN PROCESOS DE EXTINCIÓN DE DOMINIO robledovargasabogados.com
En Colombia, el proceso de extinción de dominio es un procedimiento judicial que tiene como objetivo la confiscación de bienes relacionados con actividades delictivas, sin que sea necesario que la persona afectada sea condenada penalmente. El propósito es privar a los delincuentes de los bienes obtenidos de manera ilícita. Sin embargo, este proceso también contempla derechos para las personas afectadas, quienes pueden ser propietarios de los bienes en cuestión, pero no necesariamente están involucrados en la actividad ilícita.
A continuación, se detallan los derechos de los afectados en el proceso de extinción de dominio según la legislación colombiana:
Derecho al debido proceso: Las personas afectadas tienen derecho a que se les garantice un proceso justo y transparente. Esto implica ser notificados de manera adecuada y poder presentar sus pruebas, defenderse y participar activamente en el proceso judicial.
Derecho a la defensa: Los afectados pueden ejercer su derecho a la defensa, lo cual incluye la posibilidad de designar abogados, presentar pruebas, interponer recursos y utilizar todos los medios legales disponibles para cuestionar la extinción de dominio.
Derecho a la presunción de inocencia: Aunque el proceso de extinción de dominio no requiere una condena penal, la persona afectada tiene derecho a que se le respete la presunción de inocencia. Es decir, no se debe asumir que la persona ha cometido un delito solo por la existencia de un bien en su poder que esté siendo sometido al proceso.
Derecho a ser oído: La persona afectada tiene derecho a presentar alegatos y ser escuchada en las audiencias del proceso. Esto incluye la posibilidad de impugnar la intervención de sus bienes, demostrar que los bienes en cuestión son legítimamente adquiridos y no tienen relación con actividades criminales.
Derecho a impugnar la decisión: El afectado tiene derecho a recurrir la sentencia de extinción de dominio ante tribunales superiores si considera que la decisión es injusta o errónea.
Derecho a conocer los fundamentos del proceso: La persona afectada debe ser informada sobre las razones por las cuales se están investigando sus bienes, así como los elementos que se están tomando en cuenta para la extinción de dominio.
Derecho a la restitución en caso de error: Si se determina que el bien no tiene relación con actividades ilícitas y se ha producido una extinción de dominio por error, el afectado tiene derecho a la restitución del bien. Esta restitución es posible mediante una solicitud formal, siempre que se demuestre que no existió vinculación con la criminalidad.
Derecho a la indemnización: En casos donde se haya producido una extinción de dominio indebida o en exceso, el afectado puede solicitar una indemnización por los perjuicios sufridos debido a la pérdida del bien de manera ilegal.
El proceso de extinción de dominio está regido por la Ley 1708 de 2014, que modificó aspectos relacionados con la extinción de dominio, y también por el Código Penal y la Constitución de 1991. La normativa busca equilibrar la lucha contra el crimen organizado, el narcotráfico y otros delitos graves, sin vulnerar los derechos fundamentales de los individuos afectados.
DEFENSA JURÍDICA DE ODONTÓLOGOS ANTE LOS TRIBUNALES DE ÉTICA ODONTOLÓGICA robledovargasabogados.com
En Colombia, los odontólogos tienen una serie de deberes y responsabilidades que están establecidos por las normativas del país, particularmente por el Código de Ética del Colegio Nacional de Odontólogos y la legislación sanitaria. Entre sus principales deberes se incluyen los siguientes:
1. Brindar atención de calidad y segura
El odontólogo debe proporcionar atención odontológica adecuada y de calidad a todos los pacientes, siguiendo las mejores prácticas y los principios de la ética profesional. Además, debe realizar los tratamientos respetando la seguridad y bienestar del paciente.
2. Garantizar la confidencialidad
El odontólogo tiene la obligación de mantener la confidencialidad de la información que obtiene durante la consulta y tratamiento del paciente, tal como lo establece la Ley 1581 de 2012 sobre la protección de datos personales.
3. Actualizarse profesionalmente
El odontólogo debe mantenerse actualizado en su campo, participando en programas de educación continua y capacitaciones, para asegurar que sus conocimientos y habilidades estén a la vanguardia de los avances científicos y tecnológicos en la odontología.
4. Informar al paciente sobre el tratamiento
Debe proporcionar al paciente información clara y comprensible sobre su diagnóstico, las opciones de tratamiento disponibles, los riesgos y beneficios de cada uno, y obtener el consentimiento informado antes de realizar cualquier intervención.
5. Cumplir con las normativas legales y de salud pública
El odontólogo debe cumplir con las leyes y regulaciones colombianas relacionadas con la salud, la seguridad laboral, la bioseguridad y la higiene en los consultorios odontológicos. Esto incluye seguir las normativas sobre el manejo de residuos, control de infecciones y seguridad en los procedimientos.
6. Evitar la práctica de la odontología sin la debida autorización
Es fundamental que el odontólogo ejerza solo dentro de los límites de su formación y licencias. Además, no puede delegar su responsabilidad profesional a personas no calificadas para realizar procedimientos odontológicos.
7. Respetar los derechos de los pacientes
El odontólogo debe respetar la autonomía de los pacientes y garantizar que su dignidad y derechos sean protegidos durante todo el proceso de atención, evitando cualquier forma de discriminación, maltrato o negligencia.
8. Responsabilidad en la atención de menores y personas vulnerables
Cuando se trate de pacientes menores de edad o personas en situación de vulnerabilidad, el odontólogo debe garantizar que el cuidado sea adecuado a sus condiciones y obtener el consentimiento de los padres o representantes legales.
9. Colaboración interdisciplinaria
El odontólogo debe trabajar en equipo con otros profesionales de la salud cuando sea necesario, para ofrecer un enfoque integral en el tratamiento del paciente y garantizar su bienestar general.
10. Reportar casos de maltrato
Si el odontólogo detecta signos de abuso o maltrato en un paciente, está obligado a reportarlo a las autoridades correspondientes, siguiendo los procedimientos legales establecidos.
11. Ética y profesionalismo
El odontólogo debe actuar con honestidad, respeto, y responsabilidad en el ejercicio de su profesión, evitando conflictos de interés, publicidad engañosa, y otras prácticas poco éticas.
12. Obligación de contar con un seguro de responsabilidad profesional
El odontólogo debe estar cubierto por un seguro que lo proteja en caso de responsabilidades derivadas de su ejercicio profesional, tal como lo estipulan las normativas colombianas.
13. Responsabilidad por los resultados de su ejercicio
El odontólogo es responsable de los resultados de los tratamientos que realiza, y debe actuar con diligencia para evitar la ocurrencia de daños o complicaciones en los pacientes debido a la negligencia o falta de atención profesional.
Estos deberes son fundamentales para garantizar el bienestar de los pacientes y el buen ejercicio de la odontología en Colombia.
ROBLEDO VARGAS ABOGADOS, cuenta con abogados expertos y experimentados en esta materia, es una firma Jurídica con reconocimiento Nacional y procesos en todo el país. Este grupo Jurídico brinda un portafolio de servicios integral con un equipo multidisciplinario de abogados, peritos e investigadores para la defensa de patrimonios perseguidos por el Estado. Así mismo, asesora a particulares y empresas para minimizar riesgos y proteger el patrimonio de esta acción estatal que al día de hoy pone en peligro los bienes de las personas al interior del país y en el extranjero.