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CINCO CONSEJOS SI TIENES UN PROCESO DISCIPLINARIO

CINCO CONSEJOS SI TIENES UN PROCESO DISCIPLINARIO

PRIMERO- Desde el momento en que te notifican de una investigación disciplinaria, debes solicitar copia del expediente. La razón es sencilla, para poder activar y ejercer tu derecho de defensa debes conocer sobre que se te investiga.

SEGUNDO- No rindas versión libre, por mas que el operador disciplinario te la ofrezca, bajo la premisa de que es su derecho, no la rindas hasta tanto no recibas asesoría o un experto asuma de tu defensa. La versión libre es un arma de doble filo que, si se usa mal, creará problemas para el procesado y comodidad para quien investiga y Juzga en esta materia sancionadora.

TERCERO- Tan pronto tengas el expediente disciplinario. asesórate por abogado experto en derecho disciplinario, esta es un área especial del derecho con reglas propias, una mala asesoría puede ser fatal para tu empleo publico o profesión.

CUARTO- Si no has contactado a un abogado Disciplinarista, no solicites o aportes pruebas. Las solicitudes probatorias deben ser hechas a la luz del conocimiento de fondo y pormenorizado del proceso.

QUINTO- Postula un defensor de confianza o defensa técnica, la mejor representación la hace quien tiene los conocimientos, así como el derecho administrativo, el derecho penal, son áreas especiales, el derecho disciplinario también lo es y con la problemática de que es un área con muy poca fuerza y popularidad, debido a ello, existen muy pocos expertos en esta especialidad en todo Colombia.

CONOCIMIENTOS EN LOS QUE DEBE SER EXPERTO EL ABOGADO QUE DEFIENDE DERECHOS EN EL PROCESO DE EXTINCION DE DOMINIO EN COLOMBIA

CONOCIMIENTOS EN LOS QUE DEBE SER EXPERTO EL ABOGADO QUE DEFIENDE DERECHOS EN EL PROCESO DE EXTINCION DE DOMINIO EN COLOMBIA

El abogado experto en extinción de dominio, trabaja en demostrar que el uso de la propiedad desde el momento de su adquisición ha sido apegado a derecho, sin uso inapropiado o prestado para conductas delictivas.

El amplio conocimiento en Derecho Procesal, Derecho Constitucional y especialmente en Derecho Probatorio, son los principales atributos del abogado en la defensa de procesos de extinción de dominio, estos tres pilares del derecho son esenciales a la hora de ganar un proceso extintivo.

Debemos recordar que La Acción de Extinción de Dominio es una Acción del orden Constitucional, con reglas propias procedimentales, de ahí la necesidad de un procesalista puro, junto con el conocimiento del desarrollo de esta acción originada en la Constitución y desarrollada en la Ley, pero el saber probar es el ingrediente determinante a la hora de controvertir las pretensiones de la Fiscalía General de la Nación, pues no es un secreto el poder tan grande con que cuenta esta entidad del Estado y el derecho probatorio entra en juego a la hora de controvertir las pretensiones Estatales. Quien sabe demostrar puede llevar al Juez al conocimiento que se pretende e inclinar la balanza hacia los intereses de los afectados y su defensa.

Tienes preguntas sobre el Proceso de Extincion de Dominio? contactanos al 3127888097

EN QUE CONSISTE LA ENAJENACION TEMPRANA EN EL PROCESO DE EXTINCION DE DOMINIO EN COLOMBIA?

EN QUE CONSISTE LA ENAJENACION TEMPRANA EN EL PROCESO DE EXTINCION DE DOMINIO EN COLOMBIA?

La enajenación temprana en el proceso de extinción de dominio en Colombia se refiere a la posibilidad de vender o transferir bienes que están bajo un proceso de extinción de dominio antes de que este haya concluido. La extinción de dominio es una medida legal que permite al Estado despojar a las personas de bienes que han sido adquiridos a través de actividades ilícitas o que han sido utilizados para cometer delitos.

En el contexto colombiano, la enajenación temprana permite que, tras la intervención de la Fiscalía y la autoridad judicial, se pueda vender el bien antes de que se decida sobre su propiedad definitiva. Esto se hace con el objetivo de evitar que los bienes se deterioren o pierdan valor mientras se lleva a cabo el proceso. Los recursos obtenidos de la venta se utilizan para asegurar que, en caso de que el bien sea declarado de origen ilícito, pasará a manos del Estado.

Sin embargo, este proceso está regulado y debe seguir ciertos procedimientos legales para garantizar que se respeten los derechos de los afectados.

Si quieres saber mas sobre la enejenacion temprana en el proceso de Extincion de Dominio, consultanos en nustra linea celular 3127888097.

LAS MEDIDAS CAUTELARES EN EL PROCESO DE EXTINCION DE DOMINIO EN COLOMBIA Y SU VIGENCIA

LAS MEDIDAS CAUTELARES EN EL PROCESO DE EXTINCION DE DOMINIO EN COLOMBIA Y SU VIGENCIA

Las medidas cautelares ordenadas en los procesos de extinción de dominio estarán vigentes hasta tanto no exista orden judicial que ordene su cancelación o se cuente con sentencia ejecutoriada que haya puesto fin al proceso judicial dentro del cual fueron ordenadas. Parágrafo articulo 21 Ley 1708 del 2014.

Lo anterior quiere decir que dichas medidas deben ser sometidas a decisión Jurisdiccional o de un Juez de la República, para ejercerles un control efectivo a dichas medidas que fueron emitidas por el ente persecutor de manera previa al proceso extintivo, si ello no se hace, los bienes estarán sujetos a dichas medidas impuestas hasta el final del proceso con la respectiva decisión de fondo.

La obligación de la defensa es activar la competencia del Juez correspondiente a través de solicitud de control de dichas medidas, obviamente con las pruebas y los argumentos pertinentes para el levantamiento de las medidas cautelares tomadas por la fiscalía de manera cautelar y previa al proceso extintivo.

Existen irregularidades generalizadas en la imposición de medidas cautelares en esos actos previos al procedimiento extintivo, actos previos que deben ser revisados cuidadosamente por la defensa para evitar mayores perjuicios a los ciudadanos afectados con las medidas precautelativas. En muchos casos la fiscalía con las atribuciones legales que posee desborda en la arbitrariedad e incluso impone medidas con falta de requisitos para ello, sin embargo, es menester de la defensa oponerse a ellas a través del sometimiento de dichas medidas a la evaluación Judicial.

Para conocer mas sobre Medidas cautelares en el Proceso de Extinción de Dominio consulta en nuestra línea 3127888097.

DEFENSAS JURIDICAS DE PROFESIONALES EN MATERIA DISCIPLINARIA EN COLOMBIA robledovargasabogados.com

DEFENSAS JURIDICAS DE PROFESIONALES EN MATERIA DISCIPLINARIA EN COLOMBIA robledovargasabogados.com

Abogados expertos en la defensa disciplinaria de profesionales en todas las áreas del conocimiento ante los tribunales correspondientes en materia ética y fruto de su ejercicio profesional. Robledo Vargas Abogados, es una firma con más de dos décadas de consolidación, experiencia y nivel académico en la defensa de profesionales en materia disciplinaria. Es así como asumimos la defensa de Ingenieros, Arquitectos, Contadores, Abogados, Médicos, Odontólogos entre otros profesionales, ante sus respectivos Jueces o Tribunales disciplinarios en todo el país.

DEFENSAS DISCIPLINARIAS EN COLOMBIA robledovargasabogados.com

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Abogados expertos en la defensa disciplinaria de profesionales en todas las áreas del conocimiento ante los tribunales correspondientes en materia ética y fruto de su ejercicio profesional. Robledo Vargas Abogados, es una firma con más de dos décadas de consolidación, experiencia y nivel académico en la defensa de profesionales en materia disciplinaria.

COLOMBIA GANA ARBITRAJE INTERNACIONAL RELACIONADO CON EXTINCIÓN DE DOMINIO EN CASO MERITAGE

COLOMBIA GANA ARBITRAJE INTERNACIONAL RELACIONADO CON EXTINCIÓN DE DOMINIO EN CASO MERITAGE

Colombia ha ganado un arbitraje internacional relacionado con la extinción de dominio en el caso de Meritage, lo que implica que el país ha defendido con éxito su derecho a recuperar activos en el extranjero vinculados a actividades ilícitas. Este fallo podría sentar un precedente importante en la lucha contra el lavado de activos y la protección de los recursos del Estado.

La decisión también resalta la importancia de la cooperación internacional en la lucha contra el crimen organizado y la necesidad de mantener la soberanía en la gestión de recursos que han sido objeto de actividades ilegales.

En el caso de Meritage, el arbitraje internacional se centró en la extinción de dominio sobre activos que, según el gobierno colombiano, estaban relacionados con actividades ilícitas. El proceso involucró la recuperación de bienes en el exterior que pertenecían a personas vinculadas al narcotráfico.

Aspectos clave del proceso:

  1. Antecedentes: Meritage, una empresa relacionada con el sector del entretenimiento, se vio implicada en la investigación de lavado de activos. El gobierno colombiano argumentó que ciertos bienes de la compañía eran producto de actividades delictivas.
  2. Extinción de dominio: Colombia aplicó la figura de la extinción de dominio, que permite al Estado reclamar bienes que se presume provienen de actividades ilegales, sin necesidad de una condena penal previa.
  3. Arbitraje internacional: La empresa afectada llevó el caso a arbitraje, alegando violaciones a sus derechos y buscando la restitución de los activos. Este tipo de arbitraje se basa en tratados internacionales que protegen las inversiones y los derechos de las empresas.
  4. Fallo a favor de Colombia: El tribunal de arbitraje determinó que Colombia actuó dentro de su derecho soberano al aplicar la extinción de dominio y que las evidencias presentadas sustentaban la legitimidad de sus acciones. El fallo reafirma la autoridad del Estado colombiano para actuar contra el lavado de activos.
  5. Implicaciones: Este resultado no solo valida las acciones del gobierno colombiano en la lucha contra el narcotráfico, sino que también envía un mensaje a otras naciones sobre la importancia de la cooperación internacional en la recuperación de activos ilícitos.

Este caso puede tener un impacto significativo en futuras disputas sobre la extinción de dominio y el manejo de activos relacionados con el crimen organizado. Si necesitas más información o detalles específicos, ¡dímelo!

El fallo arbitral Internacional no es la decisión de fondo en materia extintiva, es solo el aval internacional al gobierno colombiano para que siga adelante con el proceso extintivo cuya decisión, sea cual sea tenga efectos en el extranjero con las formalidades y fuerza jurídica respectiva.

Así entonces, no existe una decisión de fondo en el asunto extintivo interno, pero el gobierno colombiano obtuvo la ratificación del tratado internación de cooperación entre Estados para hacer cumplir la Ley de extinción de dominio colombiana y en especial sus efectos judiciales en el extranjero.

Si deseas saber mas sobre este caso u otros similares en materia de extinción de dominio, contáctanos en robledovargasabogados.com o al 3127888097

MÉDICO NO PUEDE INTERFERIR EN DECISIÓN FINAL DEL PACIENTE

MÉDICO NO PUEDE INTERFERIR EN DECISIÓN FINAL DEL PACIENTE

So pena de incurrir en conductas del orden disciplinario, el médico debe abstenerse de incurrir en injerencias directas a la hora de tomar decisiones propias del paciente, no obstante, si debe poner en conocimiento todos los pormenores atinentes a la salud de este, con el respeto de las convicciones religiosas u otro tipo de valores a que este haga referencia.

El médico no puede interferir en la decisión final del paciente, nos referimos al principio de autonomía en la ética médica. Esto significa que los pacientes tienen el derecho de tomar decisiones sobre su propia salud y tratamiento, basándose en su propio juicio y valores.

Aunque los médicos pueden ofrecer recomendaciones, información y asesoramiento basado en su experiencia y conocimiento, al final, la decisión de seguir o no un tratamiento, realizar un procedimiento o tomar cualquier otra acción médica recae en el paciente. Esto respeta la autonomía del paciente y fomenta una relación de confianza y colaboración entre el médico y el paciente.

Sin embargo, el respeto por la autonomía del paciente debe dejarse por escrito mediante documento que obre en la Historia Clínica, por cuanto las decisiones que tome el paciente pueden tener un efecto nocivo para este y así protegerse para futuras denuncias y demandas en donde a posteriori se pretenda hacer creer que fue culpa del personal médico o del médico tratante.

Lo que si debe ser claro y así debe constar en la Historia Clínica es que el galeno hizo todo humana y legalmente necesario para el tratamiento del paciente, pero que, debido a la autonomía del paciente, este tomo una decisión totalmente diferente a lo recomendado por el profesional de la salud.

Recomendación, es importante que toda decisión del paciente que vaya en contravía al conocimiento científico del profesional tratante quede plasmada en un documento soportable que obre en el expediente médico, dicho documento puede ser fílmico, auditivo, o escrito, ello servirá como salvaguarda en caso de alguna reclamación administrativa o judicial a futuro y en especial en caso de queja disciplinaria ante El Tribunal de Ética Médica. Llegado ese evento es util ser asesorado por abogados expertos en materia disciplinaria para medicos.

En proceso disciplinario contra abogado siempre se debe formular formalmente pliego de cargos robledovargasabogados.com

En proceso disciplinario contra abogado siempre se debe formular formalmente pliego de cargos robledovargasabogados.com

Es una irregularidad insaneable proferir sentencia declarando responsable disciplinariamente a un profesional del Derecho sin formular pliego de cargos.

En el caso bajo estudio, la Comisión Nacional de Disciplina Judicial logró evidenciar que la primera instancia no agotó todas las etapas procesales previstas en los artículos 102 y siguientes de la Ley 1123 del 2007, toda vez que el investigado luego de manifestar de forma expresa, libre y voluntaria la comisión de un ilícito el magistrado dio por terminada la audiencia e ingresó el expediente al despacho profiriendo fallo disciplinario, omitiendo calificar la conducta, en el sentido de disponer lo correspondiente a la formulación de cargos con la respectiva imputación fáctica y jurídica, así como la modalidad de la conducta, esto es, si se configuró a título de dolo o culpa después de la confesión.

En razón de lo anterior, hubo una irregularidad sustancial que afectó el debido proceso, el cual atiende un conjunto de garantías que tienen como finalidad amparar los derechos de los intervinientes en un asunto judicial, lo que conlleva a respetar las formalidades y ritualidades propias de cada juicio. De esta manera, la persona o autoridad en quien recae la dirección del proceso o actuación no puede actuar de manera arbitraria o voluntaria, sino en cumplimiento de normas procedimentales y en pleno acatamiento del contenido sustancial establecido por la ley.

De lo anterior se colige entonces que no se adelantó el procedimiento con el pleno respeto de las formas propias previstas en el ordenamiento jurídico, que no es otro que el establecido en la Ley 1123, por lo que se declaró la nulidad de lo actuado (M. P.: Diana Marina Vélez Vásquez).

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