Como profesional del derecho su situación jurídica disciplinaria, estará a cargo de un excelente equipo de abogados con una amplia experiencia en el litigio estratégico y en el ejercicio profesional para la defensa de sus intereses, no es un secreto la dureza con que son tratados los profesionales del derecho por las Magistraturas de las Comisiones de Disciplina Judicial en todo el pais. Asi que deje la defensa de su profesion en manos expertas.
Capturan a 11 personas en Pasto por tráfico de migrantes
La organización delictiva se dedicaba a trasladar a las personas a Cuba, China, Somalia, Nigeria, Angola, Pakistán, India y Bangladesh.
La organización tenían su centro de operaciones en la capital de Nariño y se encargaba de establecer reuniones en diferentes puntos de Pasto, donde reunían a los migrantes, ubicados en las afueras de las instalaciones de la terminal de transporte, en hoteles y parqueaderos. En estos sitios, los delincuentes recibían el dinero de sus víctimas, en promedio 150 a 350 dólares por persona, con el fin de embarcarlas en buses de transporte público y buses piratas, rumbo a Medellín y, o a Necoclí, en el Urabá de Antioquia.
La investigación por tráfico de migrantes derivó en un operativo de extinción de dominio, que ahora es un verdadero drama para el sector hotelero de Nariño. Una docena de hoteles fue objeto de esta medida, y sus propietarios aseguran que lo único que hicieron fue alojar a personas en habitaciones dignas y a bajo costo. “Se cobraba por persona entre 10 y 15.000 pesos la noche, con desayuno”, señala un propietario de hotel en Pasto.
Independientemente de las responsabilidades individuales penales de cada actor en los hechos constitutivos de esta clase de delitos, estos hechos también originan la Acción de Extinción de Dominio, por cuanto hoy casi ningún delito está exento de acción extintiva contra quienes usen sus bienes, confundan, financien u oculten bienes para evitar incluso medidas extintivas. No obstante, existen un sinnumero de mecanismos juridicos para asumir una defensa como esta en materia extintiva, todo es cuestion de tacto y conocimiento pormenorizado de esta area del derecho tan especial. Si tienes consultas al respecto contactanos en nuestra llinea 3127888097.
La explotación ilegal de recursos minerales en Colombia puede dar lugar a la extinción de dominio. Este concepto implica la pérdida de derechos sobre bienes que se obtuvieron de manera ilegal o que están relacionados con actividades delictivas, como la minería ilegal.
En Colombia, la Ley 1708 de 2014 establece mecanismos para la extinción de dominio con el fin de combatir la criminalidad y el tráfico de recursos naturales. Cuando se comprueba que los recursos fueron extraídos de manera ilegal, como también los bienes que hayan sido usados para la labor prohibida el Estado puede reclamar su recuperación y, en consecuencia, se pueden llevar a cabo procesos para extinguir el dominio sobre esos bienes. Todo ello sin perjuicio de las responsabilidades individuales de cada uno de los actores que hayan intervenido en tal actividad.
En este aspecto la Acción extintiva, actúa con el fin de recuperar recursos para el estado que han sido obtenidos afectando intereses del orden general, publico, ambientales, asimismo la moral social entre otros bienes jurídicos que protege esta acción y así garantizar el uso sostenible de los recursos naturales.
No obstante, lo anterior, y teniendo en cuenta el poderío tan grande que tiene La Fiscalía General de La Nación, en las demandas extintivas existen enormes fisuras que solo los expertos en esta materia verdaderamente preparados pueden hacerle frente a este tipo de procesos, pues existe un plexo normativo al que muchos funcionarios desconocen.
Hoy no solamente la explotación aurífera es objeto de extinción de dominio, también lo es la explotación de coltán, platino entre otros minerales, sin dejar de mencionar la explotación ilegal de maderas, flora y fauna silvestre.
Así que, si estas siendo objeto de un proceso de extinción de dominio por estos temas en especifico no dudes en contactarnos al 3127888097, para asesorarle.
A extinción de dominio 9 bienes de abusadores de niños, niñas y adolescentes
La Policía Nacional, en coordinación con la Fiscalía General de la Nación y HSI, ocupó en Medellín 6 apartamentos, un hotel y 2 parqueaderos, destinados a la explotación de menores de edad y valorados en 10.500 millones de pesos. La segunda fase se extenderá a otros departamentos.
Este contundente golpe contra los delincuentes que instrumentalizan a nuestros niños, niñas y adolescentes es el resultado del trabajo armónico de la Policía Nacional con la Fiscalía General de la Nación, la Alcaldía de Medellín y agencias internacionales”, señaló el director general de la Policía Nacional, general William René Salamanca Ramírez.
Robledo Vargas Abogados es conocida por su especialización en temas relacionados con la extinción de dominio en Colombia. La extinción de dominio es un proceso legal que permite al Estado despojar de bienes a aquellos que los han adquirido de manera ilícita. Esta firma ofrece asesoría y representación en estos casos, ayudando a sus clientes a navegar el complejo marco legal y a proteger sus derechos. Si necesitas más información específica sobre sus servicios, te recomiendo contactar directamente al 3127888097.
La extinción de dominio en Colombia es un mecanismo legal que permite al Estado recuperar bienes que se han adquirido de manera ilícita o que han sido utilizados en actividades delictivas. Defender este proceso requiere la intervención de abogados expertos por varias razones:
Complejidad Legal: La legislación sobre extinción de dominio es técnica y compleja. Abogados especializados tienen el conocimiento necesario para navegar las normativas y procedimientos adecuados.
Protección de Derechos: Este proceso puede afectar los derechos de propiedad de individuos. Abogados expertos pueden asegurar que se respeten los derechos fundamentales de los afectados durante el proceso.
Pruebas y Argumentación: La carga de la prueba recae en el Estado, y es fundamental que se presenten argumentos sólidos y evidencia clara. Abogados con experiencia pueden construir una defensa efectiva o un caso convincente, según sea necesario.
Impacto en la Comunidad: La extinción de dominio no solo afecta a los individuos implicados, sino también a comunidades enteras. Abogados capacitados pueden trabajar en la defensa de intereses colectivos y en la promoción de justicia social.
Consecuencias Legales: La extinción de dominio puede tener graves consecuencias económicas y sociales. Contar con un abogado experto puede ayudar a mitigar estos efectos y explorar vías de reparación.
Prevención de Abusos: Un sistema legal robusto requiere profesionales que vigilen y prevengan posibles abusos de poder por parte del Estado en la aplicación de la extinción de dominio.
En resumen, la defensa de la extinción de dominio debe ser abordada por abogados expertos para garantizar un proceso justo y efectivo para los intereses de los afectados.
ROBLEDO VARGAS ABOGADOS, Es una firma con amplia trayectoria y alto nivel académico en la defensa de procesos de Extinción de Dominio en todo el país. Con un sin número de casos durante más de 20 años de trayectoria en este ramo, nos especializamos en casos de suma complejidad, a saber; procesos de extinción de dominio provenientes de lavado de activos, enriquecimiento ilícito de particulares, enriquecimiento ilícito de servidores públicos, narcotráfico, bienes y recursos provenientes del terrorismo, bienes provenientes del contrabando, entre muchos otros tipos de causales por las que se originan los procesos extintivos en Colombia.
La Comisión Nacional de Disciplina Judicial en República de Colombia es la Máxima autoridad disciplinaria de los abogados en el ejercicio de su profesión. así como de los funcionarios y empleados de la Rama Judicial.
La acción de extinción de dominio ostenta rango constitucional, es jurisdiccional, autónoma, retrospectiva e imprescriptible. Su finalidad se concreta en la declaratoria a favor del Estado de los bienes que fueron adquiridos de forma ilegal. Una vez se profiera sentencia judicial en este sentido, los bienes ingresan al Fondo Nacional para la Rehabilitación Social y Lucha contra el Narcotráfico, cuya administración está a cargo de la Sociedad de Activos Especiales.
ACCESO A LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA-Finalidad constitucional
El derecho de acceso a la administración de justicia es un bastión del Estado social de derecho, en cuanto garantía de la efectividad de los principios, derechos y deberes establecidos en la Constitución. Sin embargo, esta prerrogativa no se agota en la mera facultad de presentar solicitudes ante las autoridades judiciales, pues también se extiende a la salvaguarda de obtener decisiones de fondo en las controversias, las cuales deben ser adoptadas en un término razonable de tal forma que la respuesta judicial sea oportuna. En este sentido la jurisprudencia de la Corte IDH y de esta Corporación han abogado por la efectividad del plazo razonable en las decisiones judiciales, especificando los criterios que permiten identificar los casos en los que puede hablarse de mora judicial y los posibles remedios jurisdiccionales a adoptar.
DERECHO AL PLAZO RAZONABLE-Criterios de la Corte Interamericana de Derechos Humanos para establecer la razonabilidad del plazo
La Corte Interamericana de Derechos Humanos en distintas oportunidades ha referido que el derecho a la tutela judicial efectiva debe velar por la garantía del plazo judicial razonable en la adopción de las decisiones. Por tanto, ha indicado que para establecer si en un caso concreto se ha observado un plazo razonable es necesario analizar las siguientes cuestiones: i) la complejidad del asunto; ii) la actividad procesal del interesado; y iii) la conducta de las autoridades.
MORA JUDICIAL-Configuración
El derecho a un plazo razonable en los procesos judiciales y administrativos es un imperativo constitucional y del orden internacional que en Colombia se vulnera con la aplicación de la Ley 793 del 2002, por cuanto encontramos al día de hoy procesos sin resolver de mas de 20 años, sin que a los afectados se les ofrezca ninguna resolución al respecto, en cambio los bienes sufren deterioro en manos del estado y como si fuera poco los bienes continúan a nombre de afectados con deudas impagadas a las administraciones municipales y que decir de bienes en donde existen sociedades comerciales, en donde la interve4ncion estatal ha perjudicado desde vieja data al punto de desaparecer estas sociedades comerciales que crean empleos en el país, mueven la economía y generan dividendos e ingresos para el Estado, sin soslayar la discusión que queda en vilo y al no ser resuelta en ningún sentido, deja el nombre de las personas y sus bienes subjudice durante tiempos inmemorables, situación a toda vista perjudicial para los ciudadanos.
ESTUDIO PREVIO EN EL PROCESO DE CONTRATACION PUBLICA – Es un deber de la administración cumplir antes de la apertura del proceso de selección del contratista / VIOLACION LEGAL DE EFECTUAR LOS ESTUDIOS PREVIOS – Incide en la formación del contrato y en la etapa de ejecución / ESTUDIOS PREVIOS – Requisitos Cabe precisar que esta exigencia legal no nació con la expedición de la Ley 80 de 1993, pues la misma se ha contemplado reiteradamente en la legislación colombiana, en los distintos estatutos de contratación administrativa. En efecto, el artículo 72 del Decreto 150 de 1976 preceptuaba que “no podrá licitarse ni contratarse la ejecución de una obra sin que previamente se hayan elaborado los planos, proyectos y presupuesto respectivos y determinados las demás especificaciones necesarias para su identificación”. El mismo enunciado normativo se incorporó en el artículo 84 del Decreto – Ley 222 de 1983 y, finalmente, la Ley 80 de 1993, continuó con esa tradición jurídica. En vigencia del último cuerpo normativo, se expidió el Decreto 2170 de 2002, el cual regló de un modo más preciso la exigencia legal de los estudios previos. Sin embargo, la Sala no se referirá a éste por no encontrarse vigente al momento en el que se abrió la licitación VA 011 de 2002. De esta manera, los estudios previos constituyen un deber que la administración está obligada a cumplir antes de la apertura del proceso de selección del contratista, con el objeto de darle una mayor certeza a la relación contractual. La violación del deber legal de efectuar los estudios previos, vulnera los principios de planeación, economía, transparencia, responsabilidad, selección objetiva, eficiencia, entre otros y, además, incide tanto en la etapa de formación del contrato, como en la etapa de ejecución. En la primera porque puede afectar el proceso de evaluación de las propuestas, por cuanto impide la comparación objetiva de las mismas; y, en la segunda, porque en el momento de la ejecución del contrato las omisiones de la Administración por falta de estudios y diseños definitivos generan serias consecuencias, en desmedro del interés general, los fines de la contratación y el patrimonio público; pues en los más de los casos conducen a modificar los precios, las cantidades y las condiciones técnicas inicialmente pactadas, generan el incremento de los costos del proyecto y, en el más grave de los casos, conducen a la paralización del contrato o a la imposibilidad de cumplir su objeto, situaciones que generalmente culminan en cuantiosos pleitos judiciales.
No quiere decir que sean las únicas, pues desde los estudios previos, pasando por la ejecución contractual y hasta la vigencia y liquidación del contrato, pueden observarse cualquier cantidad de conductas constitutivas de faltas disciplinarias.