CONOZCA COMO OPERA EL NON BIS IN IDEM EN MATERIA DISCIPLINARIA PARA ABOGADOS LEY 1123 DE 2007

Ejercimos la defensa Técnica de un abogado del Valle del Cauca y ante ponencia para Sanción Disciplinaria a abogado, por parte de Magistrado de La Comisión Seccional de Disciplina Judicial del valle del cauca y nuestra abierta oposición a ese postulado Judicial, hicimos una explicación en alegatos conclusivos y obviamente al interior de todas las actuaciones procesales en donde el respetado Magistrado Luis Hernando Castillo Restrepo, hizo ponencia con fines sancionatorios esgrimiendo la falta de cosa Juzgada en las investigaciones que se adelantaban en contra de nuestro defendido. Confundiendo el Honorable Funcionario Judicial, la cosa Juzgada en sus dos vertientes, Formal y Material, pero entremezclándola con el Non Bis In Ídem, figuras Jurídicas con enormes connotaciones y diferencias conceptuales y de efectos que deben ser revisadas en cada caso particular y concreto.

Sobre la ponencia del respetado Magistrado debemos mencionar que esta fue derrotada en Sala Dual y que se termino dándonos rotunda y categóricamente la razón en todos los aspectos y escenarios procesales en que insistimos sobre el yerro Jurídico de parte del Honorable Magistrado Castillo Restrepo. (Subimos aquí el fallo para que colegas, estudiantes y amantes del derecho puedan conocer los pormenores sobre el asunto y la decisión de fondo de este, en formato PDF)

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