
(LEY 975 DEL 2005)
En la Ley 975 de 2005, conocida como la Ley de Justicia y Paz de Colombia, el Estado tiene la facultad de perseguir bienes con fines de extinción de dominio. Esta ley fue creada para regular el proceso de desmovilización de los grupos paramilitares y la justicia transicional, y uno de sus propósitos clave es garantizar la reparación a las víctimas del conflicto armado en el país.
La extinción de dominio, que está contemplada en la Ley 975, permite al Estado incautar y declarar la propiedad de bienes relacionados con actividades criminales, con el fin de restituir esos bienes a las víctimas del conflicto armado. Los bienes confiscados pueden ser utilizados para indemnizar y reparar a las víctimas que hayan sufrido a causa de los delitos cometidos por los grupos armados ilegales.
En este sentido, la Ley 975 combina medidas de justicia penal transicional con mecanismos para asegurar la reparación económica a las víctimas, en parte, a través de la confiscación de bienes adquiridos de manera ilícita por los grupos armados.
Los bienes que son incautados por los Magistrados de Justicia y Paz, mediante medidas cautelares y con sentencia en firme son administrados por el fondo para la reparación de las víctimas del conflicto armado en Colombia.
Ana asesoría y defensa temprana temprana puede salvar el patrimonio de quienes se ven inmersos en esta clase de asuntos.
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