Desde que empezó a operar la Comisión Nacional de Disciplina Judicial (CNDJ) y sus comisiones seccionales (13 de enero del 2021) tienen competencia exclusivamente para investigar y sancionar disciplinariamente a los funcionarios, empleados de la Rama Judicial y a los abogados en ejercicio de su profesión.
En consecuencia, la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado indicó que la CNDJ y sus respectivas seccionales no tienen competencia disciplinaria en relación con los auxiliares de la justicia, pues se trata de particulares que ejercen temporalmente función pública y el artículo 257A Constitucional no los incluye dentro de los sujetos disciplinados por esta Corporación.
Lo anterior a excepción de los procesos disciplinarios adelantados al 13 de enero del 2021 por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura,