
📌 Quién es Self Security GPS y qué tipo de contenido publica
El canal de YouTube Self Security GPS pertenece a una empresa colombiana que se dedica a instalar dispositivos de rastreo satelital (GPS) en vehículos y, según su descripción, a apoyar la recuperación de unidades robadas con un “grupo de reacción” operativo 24/7.
En la lista de videos populares se observan títulos y descripciones que muestran recorridos en vivo, recuperaciones de motos robadas, persecuciones, confrontaciones con presuntos delincuentes e incluso escenas de conflicto armado durante las operaciones.
⚖️ Posibles problemáticas legales y penales
1. Operaciones de “recuperación” sin respaldo formal de autoridad judicial
En muchos videos se observa cómo individuos del equipo de Self Security GPS localizan vehículos robados y se involucran directamente en confrontaciones con presuntos delincuentes. El contenido sugiere que no siempre se hace en presencia o coordinación formal con autoridades judiciales ni con órdenes de allanamiento.
📍 ¿Por qué podría ser un problema legal?
- En Colombia, el ingreso a un inmueble ajeno sin orden judicial puede constituir allanamiento de morada, un delito tipificado en el Código Penal que requiere autorización judicial, salvo en casos excepcionales muy específicos (como flagrancia con autoridad competente).
- La intervención en la escena del delito por personas privadas, sin estar autorizadas ni coordinadas formalmente (más allá de “apoyar a la policía”), puede ser considerada usurpación de funciones públicas o incluso vigilantismo, lo que penalmente podría constituir una conducta sancionable.
- La publicación de estas escenas en YouTube puede agravar la situación si se demuestra que se busca normalizar o lucrar con actividades que legalmente no son propias de una empresa privada, generando riesgo tanto para ellos como para terceros.
👉 No hay evidencia pública de que exista una autorización previa o acompañamiento formal de fuerza pública en cada uno de estos eventos mostrados; los videos aparecen como material producido por la empresa, no como material entregado oficialmente por autoridades.
2. Riesgo de inducir a miembros de la fuerza pública a cometer delitos
Al presentar estas “recuperaciones” como actuaciones efectivas y ¿heroicas?, incluidos momentos de acción directa, existe un riesgo real de que:
- Miembros de la Policía Nacional u otras fuerzas de seguridad interpreten que pueden actuar fuera de los procedimientos establecidos, especialmente si se sienten legitimados por el contenido.
- El canal puede glorificar conductas de confrontación, agresión o intimidad de terceros, que —si no se circunscriben dentro de un marco formal de colaboración con autoridades— podrían incentivar prácticas no permitidas por la ley.
Esto puede tener implicaciones no solo penales (por acción u omisión de los agentes), sino disciplinarias para cualquier policía que actúe fuera de la ley aparentemente “respaldado” por una empresa privada.
3. Posibles delitos de coacción o violencia sin la debida autorización
Los videos muestran escenas de:
- Persecuciones.
- Confrontaciones con presuntos delincuentes.
- Agresiones por parte del equipo de la empresa o terceros hacia los sujetos localizados.
💥 Aspectos jurídicos relevantes:
- Las empresas privadas y sus empleados no tienen facultad legal para usar la fuerza o coaccionar a individuos, salvo en el ejercicio legítimo de defensa propia o de terceros, y siempre bajo estrictos parámetros legales.
- Cuando se excede este marco, puede haber delitos por lesiones personales, privación ilegal de la libertad o violencia injustificada, independientemente de la condición del presunto delincuente.
4. Publicación de contenido que podría afectar procesos judiciales o derechos de terceros
Los videos muestran a personas identificables (o presumiblemente involucradas en hechos delictivos) sin que exista necesariamente un proceso penal culminado o una sentencia firme. Esto puede implicar:
- Vulneración del derecho fundamental a la presunción de inocencia.
- Exposición injustificada de personas que podrían no haber sido imputadas o condenadas formalmente.
- Interferencia potencial en la investigación de autoridades judiciales si se exponen estrategias, ubicaciones o testimonios sin control oficial.
🧠 Una mirada más amplia: vigilantismo y seguridad privada
A nivel académico y social se ha estudiado la emergencia de prácticas de vigilantismo o “justicia por mano propia” cuando actores no estatales intervienen en temas de seguridad. En América Latina, estos fenómenos pueden surgir cuando los ciudadanos sienten que las instituciones no cumplen su trabajo, y terminan asumiendo funciones que son del estado, ya sea de manera organizada o espontánea.
Este tipo de dinámicas no suelen estar amparadas por el derecho, y pueden generar efectos contrarios al Estado de derecho, como impunidad, abuso de fuerza sin control, y riesgo para los mismos colaboradores involucrados.
🧾 Conclusión preliminar
De acuerdo con el contenido publicado en el canal de Self Security GPS:
🔸 Hay indicios de prácticas que podrían implicar riesgos legales y penales, especialmente cuando se documenta la intervención directa de personal privado en hechos que típicamente corresponden a la autoridad pública.
🔸 La difusión de confrontaciones y recuperaciones sin evidencia clara de respaldo judicial o coordinación formal con autoridades puede implicar la comisión de delitos como allanamiento, usurpación de funciones o conductas contrarias al orden público o la disciplina policial.
🔸 La publicación en redes sociales de estas acciones —sin el contexto legal apropiado— puede tener implicaciones tanto para la empresa como para las autoridades involucradas, y puede inducir a prácticas no permitidas por agentes públicos o privados.
💡 Este artículo debería ser tomado como un análisis informativo, no como un dictamen legal. Para determinar responsabilidad penal concreta se requeriría revisión de cada caso, pruebas adicionales y evaluación por autoridades competentes.
⚖️ Incidencia disciplinaria para miembros de la Policía Nacional
Más allá de las eventuales responsabilidades penales, las actuaciones observadas en los videos del canal Self Security GPS pueden tener consecuencias disciplinarias relevantes para los miembros de la Policía Nacional que participen, acompañen o permitan este tipo de procedimientos, conforme al régimen disciplinario policial vigente en Colombia.
📚 Marco normativo aplicable
Las conductas de los policías deben evaluarse principalmente a la luz de:
- Ley 2196 de 2022 – Régimen Disciplinario Policial
- Constitución Política (arts. 2, 6, 28 y 29)
- Reglamentos internos de la Policía Nacional
- Principios de legalidad, proporcionalidad y debido proceso
Este régimen impone a los uniformados el deber estricto de actuar conforme a la Constitución, la ley y los procedimientos institucionales, incluso cuando cooperan con particulares o empresas privadas.
🚨 Conductas disciplinarias potencialmente comprometidas
1. Extralimitación de funciones
Uno de los principales riesgos disciplinarios se presenta cuando un policía:
- Permite que una empresa privada lidere procedimientos operativos.
- Participa en recuperaciones, allanamientos o capturas sin orden judicial ni situación clara de flagrancia.
- Tolera que particulares ejerzan funciones exclusivas de la autoridad.
📌 Relevancia disciplinaria
La Ley 2196 sanciona gravemente la extralimitación de funciones, entendida como actuar por fuera de las competencias legales o permitir que terceros lo hagan bajo el amparo de la autoridad policial.
➡️ Si el policía “acompaña” pero no dirige el procedimiento conforme a la ley, no se exime de responsabilidad disciplinaria.
2. Violación del debido proceso y de derechos fundamentales
En varios videos se observan actuaciones que podrían vulnerar:
- El derecho a la libertad personal (retenciones informales).
- La inviolabilidad del domicilio (ingresos sin orden judicial).
- La presunción de inocencia (exposición pública de presuntos responsables).
📌 Implicación disciplinaria
El régimen disciplinario considera falta grave o gravísima cualquier conducta que implique desconocimiento de derechos humanos, incluso cuando el policía actúe con la intención de “ayudar” a una víctima o recuperar un bien.
➡️ El fin legítimo no justifica el uso de medios ilegales.
3. Tolerancia o permisividad frente a actuaciones ilegales de particulares
Un aspecto especialmente sensible es cuando el policía:
- Permite agresiones físicas por parte de civiles.
- No impide actos de coacción, violencia o intimidación.
- Deja que particulares realicen capturas o interrogatorios.
📌 Desde lo disciplinario
La omisión de un deber funcional —cuando el policía pudo y debió intervenir— es sancionable.
No actuar frente a abusos cometidos por terceros no es neutralidad, es una forma de responsabilidad disciplinaria por omisión.
4. Colaboración indebida con empresas privadas de seguridad
La normativa colombiana permite cooperación entre autoridades y particulares, pero bajo reglas claras. El problema surge cuando:
- La empresa privada parece dirigir la operación.
- El policía actúa como un respaldo simbólico o legitimador.
- No existe acta, reporte oficial o cadena de custodia institucional.
📌 Riesgo disciplinario
Esto puede constituir una colaboración indebida, prohibida cuando compromete la autonomía, legalidad y neutralidad de la función policial.
➡️ El policía no puede subordinar su actuación a intereses privados, incluso si estos dicen apoyar la seguridad ciudadana.
5. Afectación a la imagen institucional de la Policía Nacional
La publicación de videos donde se observan procedimientos irregulares, uso excesivo de la fuerza o actuaciones sin orden judicial:
- Compromete la imagen, legitimidad y credibilidad de la institución.
- Puede generar desconfianza ciudadana.
- Exposición mediática de actuaciones no ajustadas a protocolo.
📌 Disciplinariamente
La ley sanciona conductas que desprestigien o comprometan el buen nombre de la institución, aun cuando no se configure delito penal.
🧾 Posibles consecuencias disciplinarias
Dependiendo de la gravedad y prueba de los hechos, los policías involucrados podrían enfrentar:
- Amonestaciones escritas.
- Suspensión del cargo.
- Destitución e inhabilidad.
- Apertura de investigaciones internas y control disciplinario preferente.
Todo esto independientemente de que exista o no un proceso penal.
Conclusión complementaria
Las actuaciones mostradas en el canal Self Security GPS no solo exponen a la empresa y a sus empleados a riesgos penales, sino que también colocan a los miembros de la Policía Nacional en una zona de alto riesgo disciplinario, especialmente cuando:
- Se toleran prácticas ilegales.
- Se actúa sin orden judicial.
- Se permite que particulares ejerzan funciones públicas.
- Se vulneran derechos fundamentales.
El régimen disciplinario policial es particularmente estricto, y no admite justificaciones basadas en resultados, eficacia operativa o presión social frente al delito.
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