En Colombia, las faltas disciplinarias cometidas por funcionarios en la contratación pública están reguladas principalmente por la Ley 1952 de 2019 Código General Disciplinario, y por la Ley 1474 de 2011, también conocida como el Estatuto Anticorrupción, Ley 80 de 1993. Estas leyes establecen las conductas que constituyen faltas disciplinarias y las sanciones aplicables a los funcionarios que incurran en ellas. A continuación se detallan algunas de las principales faltas disciplinarias relacionadas con la contratación pública:
Principales Faltas Disciplinarias
- Omisión de los Deberes:
- No seguir los procedimientos establecidos para la contratación.
- No realizar los estudios previos necesarios para determinar la conveniencia de la contratación.
- Violación de Principios de la Contratación Pública:
- Infringir los principios de transparencia, economía, responsabilidad y selección objetiva.
- Favorecer a un contratista de manera indebida, afectando la igualdad de oportunidades.
- Celebración de Contratos sin Cumplir Requisitos Legales:
- Adjudicar contratos sin cumplir los requisitos de la ley o sin los documentos necesarios.
- Celebrar contratos en condiciones distintas a las aprobadas.
- Desviación de Poder:
- Utilizar el cargo para obtener beneficios indebidos en los procesos de contratación.
- Influir en las decisiones de contratación en beneficio propio o de terceros.
- Intereses en Contratos:
- Participar en procesos de contratación en los que el funcionario tenga un interés directo o indirecto.
- Adjudicar contratos a personas con las que el funcionario tiene vínculos familiares o de amistad que puedan comprometer su imparcialidad.
- Omisión en la Supervisión y Control:
- No ejercer adecuadamente las funciones de supervisión y control sobre la ejecución de los contratos.
- Permitir la ejecución de contratos en condiciones que no cumplan con las especificaciones pactadas.
Sanciones
Las sanciones por estas faltas pueden variar según la gravedad de la falta y el daño causado al interés público. Entre las sanciones posibles se incluyen:
- Suspensión: Temporal del ejercicio del cargo.
- Destitución: Separación definitiva del cargo y posible inhabilitación para ejercer funciones públicas.
- Multas: Económicas proporcionales al daño causado o al valor del contrato.
Procedimientos Disciplinarios
Los procedimientos para investigar y sancionar estas faltas están a cargo de la Procuraduría General de la Nación y, en algunos casos, de las oficinas de control interno de las entidades públicas. Estos procedimientos incluyen:
- Investigación Previa: Para determinar si hay méritos suficientes para iniciar una investigación formal.
- Investigación Formal: Donde se recaban pruebas y se escuchan las partes implicadas.
- Fallo Disciplinario: Donde se determina la existencia de la falta y se imponen las sanciones correspondientes.
Marco Legal
Las normas principales que regulan estas faltas y sanciones son:
- Ley 80 de 1993 Estatuto de la Contratacion Publica en olombia
- Ley 1952 de 2019 (Código General Disciplinario ): Establece las faltas disciplinarias y el procedimiento para su investigación y sanción.
- Ley 1474 de 2011 (Estatuto Anticorrupción): Refuerza las medidas de transparencia y control en la contratación pública y establece sanciones más severas para conductas corruptas.
Estas leyes buscan garantizar la transparencia y la probidad en la gestión pública, asegurando que los recursos del Estado se utilicen de manera eficiente y en beneficio del interés general.