La Práctica Probatoria en el Proceso Disciplinario Según la Ley 1952 de 2019 – Guía 2025

Introducción

La práctica probatoria en el proceso disciplinario es uno de los pilares fundamentales para garantizar el derecho de defensa, el debido proceso y la búsqueda de la verdad material. En Colombia, esta fase está regulada principalmente por la Ley 1952 de 2019, también conocida como el Código General Disciplinario, que entró en vigencia plena en 2022.

Este artículo ofrece una guía actualizada para el año 2025 sobre cómo se desarrolla la etapa probatoria en los procesos disciplinarios, los tipos de pruebas admitidas y las garantías procesales que deben observarse, tanto por la administración como por los sujetos procesales.


⚖️ ¿Qué es la práctica probatoria en el proceso disciplinario?

Es la fase procesal en la que se solicitan, decretan y practican pruebas con el fin de esclarecer los hechos que dieron lugar a la investigación disciplinaria, determinar la responsabilidad del investigado y asegurar que la decisión se base en evidencia legalmente obtenida.


🧑⚖️ Fundamento legal: Ley 1952 de 2019

La Ley 1952 de 2019, en sus artículos 124 a 136, regula detalladamente la práctica de pruebas dentro del proceso disciplinario, estableciendo:

  • Qué pruebas son admisibles
  • Cuándo y cómo deben solicitarse
  • Quién las decreta y practica
  • Los derechos del investigado y del quejoso

🧩 Etapas de la práctica probatoria

📌 1. Solicitud de pruebas

  • Las partes (investigado o apoderado, Ministerio Público, quejoso) pueden solicitar pruebas al momento de:
    • Presentarse la versión libre
    • Notificarse el pliego de cargos

🔎 Las pruebas deben ser pertinentes, conducentes y útiles.


📌 2. Decreto de pruebas

  • El funcionario disciplinario decreta las pruebas solicitadas que cumplan con los requisitos legales.
  • También puede ordenar pruebas de oficio para esclarecer los hechos.

📌 3. Práctica de pruebas

  • Se pueden practicar pruebas como:
    • Documentales
    • Testimoniales
    • Inspecciones
    • Pruebas periciales
    • Interrogatorio del investigado
    • Audios, videos u otros medios tecnológicos

🧠 Importante: Todas las pruebas deben practicarse respetando los principios de legalidad, contradicción y publicidad.


📌 4. Cierre de la etapa probatoria

  • Una vez practicadas las pruebas, se cierra formalmente esta etapa y se abre espacio a los alegatos de conclusión, antes de que se profiera el fallo disciplinario.

🔒 Garantías procesales en la etapa probatoria

La Ley 1952 garantiza que el proceso probatorio respete:

  • El derecho de contradicción y defensa
  • La legalidad de la prueba
  • La imparcialidad del funcionario
  • La carga de la prueba: recae sobre quien acusa

Además, si se viola alguna garantía, la prueba puede ser declarada nula o inadmisible.


🧑💼 Rol del apoderado disciplinario en la práctica probatoria

La asesoría de un abogado experto en derecho disciplinario es clave para:

  • Solicitar pruebas con enfoque estratégico
  • Cuestionar pruebas ilegales o impertinentes
  • Participar activamente en la práctica (interrogatorios, contrainterrogatorios)
  • Presentar alegatos sólidos con base en la evidencia recaudada

📝 Preguntas frecuentes sobre la práctica probatoria en procesos disciplinarios

¿Se pueden aportar pruebas nuevas después del cierre de la etapa probatoria?

En principio no, salvo que se trate de hechos nuevos o imprevistos que justifiquen su incorporación, conforme a lo previsto en el artículo 135 de la Ley 1952.

¿Puede el investigado negarse a rendir versión libre o aportar pruebas?

Sí, pero esto no impide que el proceso continúe. Su silencio no puede considerarse como aceptación de responsabilidad.

¿Qué pasa si se rechaza una prueba solicitada?

El funcionario debe motivar su decisión y el investigado puede presentar recursos o alegar violación del derecho de defensa.


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