Sí, la violación del derecho a la defensa en un proceso penal o disciplinario puede generar la nulidad de la actuación. siempre y cuando, no haya sido convalidad por el disciplinable por decidía en el proceso o con actuaciones posteriores al hecho nulitable.
Para que se declare una nulidad, se debe demostrar que la irregularidad afectó las garantías de los sujetos procesales.
En materia penal
- La nulidad puede declararse cuando se viola el derecho a la defensa técnica, por falta de ella o deficiencia que afecte los derechos del procesado.
- La nulidad puede declararse cuando se obtienen pruebas con violación del debido proceso.
- La nulidad puede declararse cuando el juez actúa en el proceso después de declarar la falta de jurisdicción o de competencia.
En materia disciplinaria
- La nulidad puede declararse cuando se viola el derecho a la defensa del investigado.
- La nulidad puede declararse cuando el funcionario no está capacitado para fallar.
Para solicitar la nulidad de un proceso, se debe demostrar que la irregularidad afectó las garantías de los sujetos procesales y en especial los derechos del disciplinable.
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