Colombia fue uno de los primeros países en América Latina en implementar un mecanismo jurídico orientado exclusivamente a la persecución de bienes relacionados directa o indirectamente con el delito. La extinción de dominio es una acción que tiene sustento en la Constitución Política y que constituye una limitación al derecho de propiedad, la cual puede ser ejercida sobre los bienes adquiridos mediante enriquecimiento ilícito, en perjuicio del tesoro publico o con grave deterioro de la moral social. En ROBLEDO VARGAS ABOGADOS somos abogados expertos en la Ley 1708 de 2014.
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