Autor
JHON FERNANDO ORBLEDO VARGAS
Resumen
El presente artículo analiza, desde una perspectiva jurídico-garantista, una práctica judicial reiterada por algunas magistraturas en el contexto del proceso disciplinario contra abogados: la exigencia de pruebas, documentos o versiones libres al procesado sin la existencia previa de una queja debidamente ratificada y ampliada. Esta conducta judicial no solo representa una infracción al debido proceso y al principio de presunción de inocencia, sino que implica una indebida inversión de la carga probatoria, en abierta contradicción con el régimen normativo dispuesto por la Ley 1123 de 2007. Con base en el pronunciamiento del jurista Jhon Fernando Robledo Vargas, se desarrolla una crítica jurídica sustantiva a estas prácticas, subrayando sus implicaciones para la legitimidad del procedimiento disciplinario y la seguridad jurídica del abogado investigado.
1. Introducción
En la estructura del derecho disciplinario colombiano, el procedimiento contra abogados, como expresión del ius puniendi del Estado, debe estar rigurosamente sometido al principio de legalidad en sentido formal y material. A diferencia de lo que ocurre en procesos administrativos o civiles, la jurisdicción disciplinaria opera dentro de un marco que reconoce al disciplinado derechos equivalentes a los del procesado penal, dada la naturaleza aflictiva y estigmatizante de las sanciones impuestas.
A pesar de este marco teórico, persiste una práctica judicial preocupante: el adelantamiento de actos procesales por parte de magistrados sin la existencia de una queja ratificada, y por tanto, sin la precisión mínima de los cargos ni la delimitación objetiva de los hechos. Tal como lo señala Jhon Fernando Robledo Vargas, esta actuación judicial no solo transgrede el derecho fundamental a la defensa, sino que subvierte los fundamentos epistémicos del proceso.
2. La queja ratificada como acto procesal estructurante
De acuerdo con la Ley 1123 de 2007, artículo 71, la actuación disciplinaria se inicia por la queja o por información proveniente de autoridad pública, pero si se trata de queja presentada por un particular, esta debe ser ratificada para adquirir efectos procesales. La ratificación, lejos de ser un formalismo, cumple funciones sustantivas:
- Delimita fácticamente el ámbito del proceso, dando claridad sobre los hechos presuntamente constitutivos de falta.
- Activa las garantías procesales del disciplinado, especialmente su derecho a ser informado de manera cierta sobre los cargos.
- Permite al magistrado investigador estructurar una teoría del caso, con base en el principio de legalidad disciplinaria (tipicidad).
Sin este acto de ratificación, cualquier diligencia preliminar que implique requerimientos al abogado procesado constituye una infracción directa al derecho al debido proceso y genera nulidad por indebida conformación de la relación jurídico-procesal.
3. La inversión indebida de la carga de la prueba: una anomalía estructural
En los procesos disciplinarios, rige la presunción de inocencia como principio normativo, conforme lo han reiterado la Corte Constitucional (Sentencias C-1076/02, C-818/05, entre otras) y el Consejo de Estado. Esto conlleva que la carga de la prueba recae en el Estado, representado por el magistrado investigador. Cualquier desviación de esta carga constituye una violación sustantiva del derecho disciplinario.
La práctica judicial de requerir al abogado para que allegue documentos, brinde explicaciones o rinda versión libre sin una acusación estructurada y ratificada, equivale a anticipar la fase probatoria sin marco fáctico claro y a exigir que el procesado genere elementos incriminatorios en su contra.
Esta actuación viola el derecho a no autoincriminarse (nemo tenetur se ipsum accusare) y desnaturaliza el proceso, al convertirlo en un medio para construir la acusación a partir de lo que diga o haga el disciplinado, en abierta contradicción con el carácter adversarial del procedimiento.
4. Impacto de estas prácticas judiciales en la legitimidad del proceso disciplinario
Estas prácticas no son meramente anecdóticas o inofensivas; su reiteración produce consecuencias graves:
- Vulneración del principio de imparcialidad judicial, al comprometer al magistrado instructor con la búsqueda unilateral de elementos incriminatorios sin control legal.
- Generación de nulidades absolutas, que afectan la validez del proceso desde su inicio.
- Producción de decisiones viciadas de origen, incapaces de superar el test de constitucionalidad en sede de control judicial.
- Afectación de la función ética de la jurisdicción disciplinaria, que debe erigirse en ejemplo de legalidad, imparcialidad y protección de derechos fundamentales.
5. Conclusión: necesidad de un rediseño dogmático y judicial del procedimiento disciplinario
El análisis del planteamiento de Jhon Fernando Robledo Vargas revela que las prácticas judiciales que permiten diligencias sin queja ratificada son estructuralmente violatorias del régimen jurídico disciplinario vigente. La intervención del magistrado investigador debe sujetarse estrictamente al principio de legalidad procesal, lo cual implica respetar los actos condicionantes de procedibilidad, como la queja ratificada. De lo contrario, el sistema disciplinario pierde legitimidad, incurre en responsabilidad estatal por violación de derechos fundamentales y erosiona la confianza en la jurisdicción deontológica del abogado.
Se impone, por tanto, un rediseño en la práctica judicial que reafirme el carácter constitucional del procedimiento disciplinario y que asegure, sin excepción, que ningún abogado sea llamado a defenderse sin conocer previamente, de manera clara, ratificada y tipificada, de qué se le acusa y por qué hechos debe responder.
Referencias bibliográficas
- Ley 1123 de 2007 – Código Disciplinario del Abogado.
- Corte Constitucional, Sentencias C-1076 de 2002, C-818 de 2005, C-244 de 1996.
- Consejo de Estado, Sala Disciplinaria, jurisprudencia reiterada sobre presunción de inocencia.
- Robledo Vargas, Jhon Fernando. Las garantías procesales, entre la nulidad y la absolución en materia disciplinaria en Colombia.
- Devis Echandía, Hernando. Teoría general de la prueba judicial.
- Bernal Pulido, Carlos. El derecho constitucional a la presunción de inocencia.
- Carbonell, Miguel. El principio de legalidad procesal en sistemas sancionadores.
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