
En el marco jurídico colombiano, el proceso de extinción de dominio representa una herramienta clave para la lucha contra el crimen organizado, el narcotráfico y el lavado de activos. Sin embargo, el ejercicio de esta acción debe estar rigurosamente sujeto a los principios constitucionales del debido proceso, la legalidad y la garantía judicial efectiva. En este sentido, la solicitud de control de legalidad a la imposición de medidas cautelares, tanto de forma previa como dentro del proceso de extinción de dominio, no solo es procedente sino jurídicamente necesaria para equilibrar el poder del Estado con la protección de derechos fundamentales.
1. Fundamento Normativo y Constitucional
Conforme al artículo 29 de la Constitución Política de Colombia, toda persona tiene derecho al debido proceso, lo que implica que cualquier medida que afecte derechos patrimoniales debe ser evaluada por un juez independiente. Adicionalmente, la Ley 1708 de 2014 (Código de Extinción de Dominio), si bien permite la imposición de medidas cautelares por parte de la Fiscalía General de la Nación, también prevé la existencia del control de legalidad (Art. 92 y ss.), como mecanismo de verificación judicial posterior, para evitar arbitrariedades.
No obstante, la práctica ha demostrado que la imposición de medidas cautelares sin un análisis de legalidad inmediato puede traducirse en afectaciones graves a derechos fundamentales, especialmente cuando se trata de bienes que constituyen el sustento económico del titular del derecho de dominio o de terceros de buena fe.
2. Necesidad del Control de Legalidad Previo y Permanente
Desde la perspectiva del experto en extinción de dominio Jhon Fernando Robledo Vargas, abogado con trayectoria destacada en litigios complejos y consultoría estratégica en procesos de extinción de dominio en Colombia, la solicitud de control de legalidad debe ser una herramienta activa y garantista en cada etapa del procedimiento. Esta debe ser aprovechada tanto antes de la admisión de la demanda como durante la fase judicial, por las siguientes razones:
a. Protección del Debido Proceso
El control judicial permite que se verifique si la medida cautelar cumple con los requisitos de proporcionalidad, necesidad y legalidad. En ausencia de dicho control, se corre el riesgo de ejecutar medidas excesivas o infundadas, que podrían llevar a la nulidad de actuaciones posteriores o, incluso, a demandas contra el Estado por responsabilidad patrimonial.
b. Salvaguarda del Principio de Buena Fe
Muchos procesos afectan a terceros de buena fe exenta de culpa, quienes ven vulnerados sus derechos por decisiones unilaterales. Solicitar el control de legalidad ofrece una instancia judicial donde puedan defenderse adecuadamente.
c. Transparencia y Control del Poder Público
La extinción de dominio implica una actuación extraordinaria del Estado sobre bienes privados. El control de legalidad permite equilibrar esa intervención, garantizando la vigilancia de las actuaciones de la Fiscalía y previniendo abusos de poder.
d. Mejora en la Eficiencia Procesal
Contrario a lo que algunos argumentan, el control de legalidad no retrasa el proceso. Por el contrario, permite depurar actuaciones indebidas desde el inicio, evitando nulidades y garantizando que el proceso avance con legitimidad.
3. Jurisprudencia Relevante
La Corte Constitucional (Sentencia C-740 de 2003) ha reiterado que cualquier afectación a derechos patrimoniales debe estar sujeta a control judicial. Asimismo, la Corte Suprema de Justicia ha sostenido que el juez de extinción de dominio debe actuar como garante del equilibrio procesal y del respeto por los principios constitucionales.
4. Recomendación Estratégica
Jhon Fernando Robledo Vargas recomienda que los abogados defensores en procesos de extinción de dominio soliciten de manera proactiva el control de legalidad sobre las medidas cautelares impuestas, especialmente en las etapas preliminares, para fortalecer la defensa técnica y garantizar un proceso justo. Esto se convierte no solo en una táctica jurídica válida, sino en una obligación ética frente a la protección de derechos fundamentales.
Conclusión: El Control de Legalidad como Pilar del Estado de Derecho
El proceso de extinción de dominio no debe ser visto como una herramienta arbitraria, sino como una institución sometida al imperio de la Constitución. En este sentido, la solicitud de control de legalidad a la imposición de medidas cautelares debe ser aprovechada de forma activa, preventiva y estratégica por la defensa técnica en Colombia.
La visión de Jhon Fernando Robledo Vargas, abogado experto en extinción de dominio, resalta la importancia de este mecanismo no solo como una garantía individual, sino como un aporte a la legitimidad y solidez institucional del Estado colombiano.
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