En el corriente año 2024, Las Comisiones Seccionales de Disciplina Judicial de todo el país han impuesto un numero considerativo de sanciones a profesionales del derecho que es importante destacar en la presente publicación.
Para poner en contexto las estadísticas de las sanciones impuestas a abogados por parte de la Comisión es necesario enunciar el panorama general de la cantidad de abogados que tienen tarjeta profesional vigente hasta el presente 2024 y que pueden convertirse en sujetos disciplinables, para así referirse propiamente a los datos de las sanciones endilgadas a los profesionales del Derecho.
Según el reporte de la Unidad de Registro Nacional de Abogados (URNA), en el año 2024, 401.279 abogados tienen tarjeta profesional vigente, de los cuales 188.406 son mujeres y 212.873 son hombres. Además, URNA reportó que desde la existencia de la autoridad disciplinaria a la fecha se han impuesto 29.283 sanciones a abogados.
En cuanto a este último dato, 163 mujeres han sido sancionadas con exclusión de la profesión, 3.803 con suspensión, 103 con multa y 1.884 han sido censuradas, mientras que 848 hombres han sido sancionados con exclusión, 12.862 con suspensión, 485 con multa y 5.979 han sido censurados.
De la estadística sobre las sanciones impuestas a abogados en Colombia en el 2024, es importante destacar que, la Ley 1123 del 2007, es un estatuto disciplinario con un sistema inquisitivo, vetusto y porque no decirlo, un sistema diabólico que aunque ha sido avalado por la Corte Constitucional, raya con la arbitrariedad de los falladores, pues las facultades de quien instruye, o investiga, ordena, practica e incorpora pruebas, en etapa investigativa o de calificación provisional, las ostenta también en etapa de juicio disciplinario y como si fuera poco, este mismo funcionario es quien emite la decisión definitiva, sancionando o absolviendo.
Lo que en el plano real judicial, en materia disciplinaria para abogados implica que, quien se encuentra bajo investigación o en juicio ético, realmente se encuentra en las manos de un funcionario que requiere ser controlado por una contraparte o una defensa técnica experta, de lo contrario el procesado, se encontrará en un estado de indefensión total y al arbitrio de un funcionario con amplias facultades para imponer a su gusto sanciones, y que solo puede ser controlado por quien ejerza una amplia y férrea defensa, con el conocimiento propio de esta área del derecho punitivo o sancionatorio.
Como se puede observar en la estadística del año 2024, Las comisiones de Disciplina Judicial de Colombia, han impuesto un alto numero de sanciones a abogados en el uso de su profesión, incluyendo la que nosotros denominamos MUERTE PROFESIONAL EN COLOMBIA (Exclusión del ejercicio Profesional del Abogado) que sumados entre hombres y mujeres profesionales del derecho arroja la suma de 1011, abogados excluidos del ejercicio profesional.
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