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La justicia penal militar constituye una forma especializada de justicia encargada de juzgar a militares y policías que han violado la legislación penal. Según la Constitución Política, la justicia penal militar ejerce funciones judiciales al igual que otros tribunales y juzgados. Sin embargo, es importante destacar que esta jurisdicción militar no forma parte de la rama judicial del poder público, sino que está integrada en el poder ejecutivo. Esta ubicación fuera del poder judicial genera numerosos interrogantes, pero hay razones específicas que justifican su existencia dentro de dicho ámbito.

Colombia. Ley 1407 del 2010. Por la cual se expide el Código Penal Militar.

Colombia. Ley 1765 del 2015. Por la cual se reestructura la Justicia Penal Militar y Policial, se establecen requisitos para el desempeño de sus cargos, se implementa su Fiscalía General Penal Militar y Policial, se organiza su cuerpo técnico de investigación, se señalan disposiciones sobre competencia para el tránsito al sistema penal acusatorio y para garantizar su plena operatividad en la Jurisdicción Especializada y se dictan otras disposiciones.

Colombia. Ley 270 de 1996. Estatutaria de la administración de justicia.

En la normativa en mencio0n se puede observar que son administradores de justicia en materia penal militar adscritos al poder ejecutivo y sus pronunciamiento tiene la calidad de sentencias judiciales e incluso con facultades jurisdiccionales. La Justicia Penal Miliatr tiene los mismos atributos que la Jurisdiccion Ordinaria y su unica variante es que esta integrada a la Rama del Poder Ejecutiva del estado.

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