Mediante el Acuerdo 075, de ayer 21 de mayo,la Comisión Nacional de Disciplina Judicial dispuso la aplicación de dos certificados de consulta para los abogados en Colombia, con el fin de diferenciar las sanciones vigentes de los antecedentes disciplinarios.
La disposición, que rige a partir del mes de mayo del 2024, en todo el territorio nacional, busca articular la consulta con el Código General Disciplinario y el Código Disciplinario del Abogado, pues este último establece como criterio de graduación para la imposición de sanciones aquellas aplicadas dentro de los cinco años anteriores a la conducta que sea investigada en el momento.
Mientras el artículo 47 del Código Disciplinario del Abogado señala que, notificada la sentencia de segunda instancia, la oficina de Registro Nacional de Abogados anotará la sanción impuesta y esta comenzará a regir a partir de la fecha del registro, el artículo 238 de la Ley 1952 del 2019 dispone que la certificación de antecedentes deberá contener las anotaciones de las sanciones o inhabilidades que estén vigentes.